A la hora de poner en marcha el proyecto empresarial es conveniente analizar si existe alguna ayuda o subvención que permita completar el proyecto de inversiones a realizar. La Administración Central y la Junta de Andalucía suelen convocar anualmente programas para apoyar la creación de empleo y la modernización de las empresas.
Hay que tener en cuenta que el proyecto no debe depender de la consecución de las ayudas solicitadas ya que no existe la seguridad de que se vayan a obtener, además de que continuamente se están creando nuevos programas o ayudas que se unen o sustituyen a los ya creados, por lo que es muy importante solicitar asesoramiento.
Cada programa suele definir los conceptos que se consideran subvencionables, si bien lo más frecuente es que dichos programas traten de cubrir en parte la inversión realizada.
Algunos de los factores que se valoran a la hora de concederlas son la contratación de desempleados o la modernización de las empresas.
Varían según el programa de que se trate, pero las más frecuentes son las siguientes:
Subvención a fondo perdido, calculada a partir de los conceptos subvencionables.
Subvención financiera, consistente en la bonificación del tipo de interés de los préstamos obtenidos para la ejecución del proyecto.
Formación gratuita de los empleados implicados en el proyecto.
Apoyo técnico durante la planificación y ejecución del proyecto.
Cada programa de ayudas indica el tipo de documentación que es preciso presentar y el plazo existente para ello. Es importante analizar bien este aspecto ya que un defecto de forma (falta de documentación) puede hacer que la empresa en cuestión se quede fuera del programa.
En general, los documentos que suelen exigirse son:
Modelo normalizado de solicitud.
Memoria descriptiva y presupuesto del proyecto.
Certificado de estar al corriente de todas las obligaciones fiscales y de Seguridad Social.
Documentación identificativa del solicitante (DNI o estructura de constitución).
Declaración sobre otras ayudas o subvenciones solicitadas a efectos de concurrencia.
Certificación del nivel de empleo de la empresa (TC1 y TC2).
La solicitud debe presentarse en el plazo señalado en el programa de que se trate y en el lugar o lugares indicados, acompañando toda la documentación requerida.
La Administración analiza la documentación y, en el caso de que ésta sea incompleta, requiere al interesado para que en el plazo de diez días aporte los documentos que faltan.
A continuación, se analizan los expedientes y la Comisión de evaluación del programa selecciona los que serán subvencionados.